"...El fallo da marcha atrás con la jurisprudencia del tribunal en el caso Fayt de 1999, dictado con otra composición, que había anulado el artículo 90 de la Constitución, que establecía el límite de edad de 75 años a los magistrados. Ahora, la Corte le devolvió constitucionalidad a ese artículo de la Carta Magna, el único que no se aplicaba.
La mayoría de la Corte dijo que la Convención Reformadora puede modificar lo que el Congreso declaró modificable y que la Corte puede controlar la actuación de la Convención Constituyente de una manera acorde con su "alto grado de legitimidad y representatividad que tiene la voluntad soberana del pueblo". En este caso podía interpretarse que la ley que habilitaba la reforma incluía la edad jubilatoria..."
http://www.lanacion.com.ar/2000629-la-corte-resolvio-que-los-jueces-deben-jubilarse-a-los-75-anos
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